El 19 de marzo pasado, el diputado Arturo Ávila de Morena presentó ante la Comisión de Puntos Constitucionales una propuesta para reformar el artículo 28 de la Constitución, con el objetivo de reconocer el derecho a reparar los bienes adquiridos legalmente. La iniciativa busca tipificar como prácticas anticompetitivas aquellas que, sin justificación, restrinjan o impidan la reparación, mantenimiento o extensión de la vida útil de productos mediante bloqueos tecnológicos, exclusividad de refacciones, restricciones contractuales u otros mecanismos que limiten la participación de reparadores independientes. La propuesta apunta presumiblemente a combatir la obsolescencia programada, la cual se define como la práctica intencional de algunos fabricantes de establecer un ciclo de vida útil acotado en sus productos no consumibles, obligando a los consumidores a reemplazarlos periódicamente y garantizando así ventas futuras. Aunque el objetivo podría considerarse legítimo y políticamente atractivo, expertos señalan que la iniciativa adolece de importantes deficiencias técnicas que podrían generar incertidumbre legal para fabricantes y distribuidores, afectando sus decisiones de inversión en el país. Una de las principales críticas apunta a que la propuesta confunde conceptos de protección de la competencia económica con protección del consumidor. Aunque ambas figuras jurídicas comparten fundamento constitucional, regulan aspectos distintos: la competencia económica supervisa prácticas entre agentes que compiten en un mercado, mientras que la protección al consumidor regula relaciones entre proveedores y consumidores para evitar abusos por asimetría informativa. Los analistas advierten que las afirmaciones sobre bloqueos tecnológicos y exclusividad de refacciones carecen de análisis económico especializado y podrían vulnerar derechos de propiedad industrial de los fabricantes, además de fomentar la piratería y comprometer garantías. La iniciativa define el derecho a reparar como la facultad de las personas consumidoras para decidir libremente sobre el mantenimiento y reparación de sus bienes sin interferencias externas.
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