El mes de abril marca el inicio del periodo de declaración anual para personas físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2025. De acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT), durante el primer día del mes se registraron 599,035 presentaciones de declaraciones. Los contribuyentes tienen disponible todo abril para realizar este trámite sin restricción de horario a través del Portal del SAT en https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html. La obligación de presentar declaración anual aplica a personas físicas que durante 2025 obtuvieron ingresos en las siguientes circunstancias: Para sueldos y salarios, cuando superan los 400,000 pesos brutos anuales, cuando se labora para múltiples empleadores simultáneamente, cuando existe cambio de empleador antes de diciembre, cuando hay ingresos complementarios como honorarios o arrendamientos, o cuando los salarios provienen del extranjero. También están obligados quienes obtienen ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales incluyendo plataformas tecnológicas, arrendamiento de inmuebles, enajenación de bienes, intereses y dividendos. Cabe destacar que los contribuyentes afiliados al Régimen Simplificado de Confianza (Resico) quedan exentos de presentar declaración anual, siendo suficientes sus reportes mensuales, según información del director general de la plataforma fiscal Cenit. Respecto a deducciones permitidas, la normativa contempla gastos médicos hasta 206,368 pesos o 15 por ciento de ingresos anuales, primas de seguros de salud con similar límite, colegiaturas escolares que varían según nivel educativo entre 12,900 y 24,500 pesos anuales, gastos funerarios hasta 41,273.52 pesos, transporte escolar y aportaciones voluntarias para retiro, permitiendo a contribuyentes reducir su base gravable y en ciertos casos obtener devoluciones.
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