El sábado 31 de octubre de 2026 marcará una excepción en las medidas de circulación vehicular aplicadas en la Ciudad de México y el Estado de México, al tratarse del quinto sábado del mes. Esta condición especial altera significativamente el esquema de restricciones que regularmente afecta a los vehículos con holograma 1. Conforme a los criterios establecidos por la Comisión Ambiental de la Megalópolis, los automóviles portadores de holograma 2 deberán permanecer sin circular entre las 5:00 y 22:00 horas, sin importar la terminación de su placa vehicular. Esta medida también alcanza a los vehículos provenientes de otras entidades que carezcan de verificación o exención válida. Contrariamente, quienes posean holograma 1 tendrán libertad total de movimiento durante toda la jornada, ya que las normas ordinarias restringen su circulación únicamente en los primeros cuatro sábados mensuales. Vehículos restringidos para esta fecha específica: Los automóviles con holograma 2 quedan completamente inmovilizados sin excepción según el número de placa. Los vehículos foráneos sin documentación ambiental válida tampoco podrán circular. En tanto, los vehículos con holograma 1 mantienen plena disponibilidad. Los hologramas 0 y 00, así como los vehículos eléctricos e híbridos autorizados, continuarán circulando conforme a las disposiciones vigentes. Según la Comisión Ambiental, los automóviles con holograma 1 cuyas placas terminan en números impares descansan el primer y tercer sábado del mes, mientras que aquellos con terminación par se restringen el segundo y cuarto sábado. Siendo el 31 de octubre un quinto sábado, ningún vehículo de esta categoría enfrentará limitaciones bajo el calendario estándar. Cobertura geográfica del programa: El programa opera en las 16 alcaldías capitalinas y en 18 municipios del área conurbada mexiquense, destacando Ecatepec, Naucalpan, Tlalnepantla, Nezahualcóyotl, Chalco, Ixtapaluca, Cuautitlán Izcalli y Valle de Chalco. En el Estado de México también rige en las zonas metropolitanas de Toluca y Santiago Tianguistenco, bajo supervisión de la Secretaría del Medio Ambiente local. El horario de restricción permanece entre las 5:00 y 22:00 horas, permitiendo la circulación fuera de este intervalo cuando no existan contingencias ambientales extraordinarias. Incumplimiento y sanciones: Los conductores sorprendidos circulando en horarios prohibidos enfrentan multas económicas cuya cuantía varía según la jurisdicción donde se cometa la infracción.
- contacto@lagacetamexico.com
- Lun - Dom: 8:00 - 20:00